El preámbulo de la LOE (Ley Orgánica de Educación, 2006) define la formación profesional como un conjunto de ciclos formativos de grado medio y de grado superior que tienen como finalidad preparar a las alumnas y alumnos para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. No es pues solamente una etapa educativa destinada al desarrollo de competencias profesionales, sino de formación en competencias para la vida, para la participación y, naturalmente para construir un proyecto vital que incluye el acceso al mundo laboral.
La misma Ley, en su artículo 39, concreta mucho más la finalidad de la formación profesional que comprende el conjunto de acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones, el acceso al empleo y la participación activa en la vida social, cultural y económica. Incluye las enseñanzas propias de la formación profesional inicial, las acciones de inserción y reinserción laboral de los trabajadores así como las orientadas a la formación continua en las empresas, que permitan la adquisición y actualización permanente de las competencias profesionales.
Este mismo artículo resalta la finalidad última de la formación profesional, en el sistema educativo, que no es otra que preparar a los alumnos y las alumnas para la actividad en un campo profesional y facilitar su adaptación a las modificaciones laborales que pueden producirse a lo largo de su vida, así como contribuir a su desarrollo personal y al ejercicio de una ciudadanía democrática.
El artículo 40 de la LOE recoge, entre otras, las siguientes capacidades para el alumnado y con las que podrán.
b) Comprender la organización y las características del sector productivo correspondiente, así como los mecanismos de inserción profesional; conocer la legislación laboral y los derechos y obligaciones que se derivan de las relaciones laborales.
c) Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de
conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.
e) Desarrollar una identidad profesional motivadora de futuros aprendizajes y adaptaciones a la evolución de los procesos productivos y al cambio social.
Estas capacidades de aprender a aprender, conocer los mecanismos de inserción profesional, trabajar en equipo, resolver pacíficamente los conflictos, fomentar la igualdad de oportunidad entre hombres y mujeres, desarrollar un proyecto profesional adaptado y flexible en función de los cambios productivos y sociales…todas ellas serán objetivos de la acción tutorial y orientadora que nuestro centro asume.
Un profesor tutor, sin perjuicio de las funciones que se le asignan el Reglamento Orgánico de Centro o en el Reglamento de Régimen Interior del centro, asumirá las funciones de coordinación de los procesos de seguimiento y de orientación académica, personal y profesional que serán desarrollados por el conjunto del equipo docente, la evaluación de los alumnos y su orientación académica, personal y profesional, con el apoyo y asesoría de los departamentos de Orientación y de Formación y Orientación Laboral del centro y de los servicios de orientación externos a los que pueda acceder el centro educativo.
El profesor tutor con el apoyo y asesoramiento de los departamentos de Orientación y de Formación y Orientación Laboral deberá informar y orientar sobre las distintas oportunidades de aprendizaje y los posibles itinerarios formativos para facilitar la inserción y reinserción laborales y la mejora en el empleo, así como sobre la movilidad profesional en el mercado de trabajo.
El tutor es pues una pieza clave en el desarrollo de la tutoría y la orientación en la Formación Profesional y sus actuaciones se inscriben en el marco del Plan de Acción tutorial (PAT) , que se desarrollará en colaboración con Jefatura de Estudios y el Departamento de Orientación y Formación y Orientación Laboral.
Una planificación de la acción tutorial adecuada la entendemos como una actuación del tutor con respecto a los alumnos, profesores y padres.